
Negó registrar a una menor con dos madres, aduciendo “inconvenientes” en el sistema
Rubén Pacheco
[San Luis Hoy]
Un caso de discriminación vivieron dos mujeres que intentaron registrar a su hija en la Oficialía Primera del Registro Civil del Estado quien se negó a registrar a la niña, argumentando “inconvenientes” en el sistema.
Fue por medio de un Juicio de Amparo, cuya sentencia dictada por Norma Angélica Ávila Veyna, titular del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado, ordenó la inscripción de la menor en el Registro Civil.
La Oficialía señalada aceptó la existencia de la negativa del registro y porque el juzgado lo ordenaba, llevarían a cabo el registro del infante, siempre y cuando la Dirección General del Registro Civil habilitara el sistema para que subsanara el “inconveniente” en el mismo.
“Para aparecer ambas madres en el acto registral propuesto de inscripción de acta de nacimiento de sus menores hijos (sic), derivado del cumplimiento de los lineamientos que esta oficina está obligada a respetar”, refirió la Oficialía Primera.
Ávila Veyna adujo que el oficial responsable, además de aceptar de manera expresa la negativa reclamada, pretendió justificar su actuar en los “inconvenientes” derivados del sistema cuyo manejo, es atribución de la dirección general.
“Sirva esta sentencia como una disculpa a las promoventes del amparo pues, efectivamente, su orientación sexual; y el ejercicio de la comaternidad, bajo ninguna circunstancia debe o puede implicar un trato diferenciado de manera irracional –y por ende discriminatorio- respecto al que se otorga al resto de las parejas heterosexuales que pretenden registrar a un hijo o hija pues, para la suscrita, no está en duda el amor con el que han procreado y criado a su hija”, sentenció la jueza.