Ana Paula Vázquez
[San Luis Hoy]
El abandono de personas adultas mayores, el despojo de sus bienes, la retención de recursos y la suplantación de identidad, serán conductas sujetas a nuevas medidas de protección en San Luis Potosí, tras las reformas aprobadas al Código Penal y a la Ley de las Personas Adultas Mayores.
Una de las modificaciones establece que el delito de abandono será perseguido de oficio cuando la víctima sea una niña, niño o adolescente, una persona adulta mayor o una persona con discapacidad. La medida busca atender la imposibilidad material que enfrentan determinadas víctimas para denunciar y fortalecer la intervención del Estado ante situaciones de riesgo.
Las reformas también contemplan actos de discriminación, abuso, explotación y aislamiento, además de conductas que fuercen, presionen o induzcan a personas adultas mayores a realizar mendicidad, trabajos forzados o actividades que afecten su dignidad o su salud física o mental. También se incluye cualquier tipo de violencia.
La protección alcanza además sus ingresos, bienes y patrimonio. El despojo, la retención indebida de recursos, la suplantación de identidad y la celebración de actos jurídicos que vulneren sus derechos deberán denunciarse de inmediato ante la autoridad competente, que deberá activar los mecanismos de protección, investigación y restitución de derechos correspondientes.
Además, las reformas establecen que las personas adultas mayores tendrán acceso a la educación digital. Los cambios fueron aprobados por el Pleno del Congreso del Estado a propuesta de la diputada Jacquelinn Jauregui, mediante la adición del artículo 204 TER al Código Penal y modificaciones a diversos artículos de la Ley de las Personas Adultas Mayores.
