Ana Paula Vázquez
[San Luis Hoy]
El intento ciudadano por frenar la designación de Patricia Aradillas Aradillas como presidenta del Concejo Municipal de Villa de Pozos quedó sin salida en la vía electoral. La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no puede revisar el nombramiento hecho por el Congreso del Estado, al considerar que se trata de una decisión fuera de su competencia.
La resolución, emitida el 15 de enero de 2026 dentro del expediente SM-JDC-204/2025, confirmó el desechamiento previo del tribunal local. En términos prácticos, el fallo establece que la integración de un Concejo Municipal no es un asunto electoral, sino una atribución administrativa y legislativa exclusiva del Congreso local.
El conflicto se originó tras la renuncia de María Teresa Rivera Acevedo a la presidencia del Concejo Municipal, el 11 de noviembre de 2025. Días después, el Congreso potosino aprobó el Decreto 0313 para designar a Martha Patricia Aradillas Aradillas —diputada local con licencia— como titular provisional del municipio hasta septiembre de 2027, decisión que generó inconformidad entre un sector de la población.
Los promoventes, encabezados por Justino Rodríguez Castro, acudieron a la justicia electoral al señalar que Aradillas Aradillas no se separó de su cargo legislativo con los 90 días de anticipación que marca la ley. También cuestionaron que la sustitución no recayera en la síndico primera del Concejo Municipal y que el Legislativo asumiera directamente la designación, lo que a su juicio representaba una violación a la normativa municipal y una invasión a la autonomía del Ayuntamiento.
No obstante, en el análisis de fondo, la magistrada ponente, María Guadalupe Vázquez Orozco determinó que el Concejo Municipal es una figura de excepción creada para dar gobernabilidad y sus miembros no emanan de una elección por voto popular.
