
Martín Rodríguez
[San Luis Hoy]
Diputados locales ni siquiera consultaron a las organizaciones, barras y asociaciones de abogados para la reforma constitucional, ni para el proceso de selección de perfiles para evaluar las candidaturas a cargos de magistrados y jueces, y además en el batidero se dejó una disparidad jurídica de la Constitución local que se brinca a la Constitución Federal, por lo que se refiere a los requisitos para ser miembro del Comité de Evaluación, advirtió Rodrigo Cano Vargas, presidente de la Asociación de Abogados de San Luis Potosí (APA).
Entre las diferencias para ser integrante del Comité de Evaluación, hay condiciones que ni siquiera tienen que ver con la función judicial ni con los perfiles para la elección de los 16 cargos de magistrado para integrar el Supremo Tribunal de Justicia, tres cargos de magistrado del Tribunal de Disciplina Judicial y 66 jueces de primera instancia.
Uno de los principales puntos violatorios se refiere a la inclusión de personas que todavía ejercen cargos de magistrados o jueces, o que son funcionarios públicos en el Poder Ejecutivo.
En el caso de la Constitución Federal, el requisito para ser magistrado o magistrada de circuito exige que los candidatos cuenten con práctica profesional de al menos tres años en el área jurídica afín a su candidatura.
Sin embargo, en la Constitución Política del Estado, se exige sólo que el candidato sea abogado con título de derecho expedido.
legalmente, cédula profesional con antigüedad de por lo menos 5 años y un promedio de calificación específico durante la licenciatura.
Rodrigo Cano explicó que las especificaciones para los magistrados locales contravienen la reforma constitucional federal. Agregó que los diputados no tomaron en cuenta ni siquiera a la asociación de abogados más grande, ni a ninguna barra ni organización, y eso en automático le quita legitimidad al proceso para elegir tanto a los integrantes del comité de selección, como a los propios aspirantes a magistrados y jueces.
Por lo que se refiere al nombramiento de una capturista como parte del comité de selección, hay un agravio hacia los abogados, porque quienes tienen que revisar los perfiles para las personas que pretenden ocupar un cargo dentro del Tribunal de Disciplina Judicial, el Supremo Tribunal de Justicia o para ser juez de primera instancia, tienen que ser personas con trayectoria aprobada dentro del campo de la litigación y como abogados postulantes, o en su caso que hayan desempeñado cargos relacionados con el Poder Judicial, y es por eso que se considera que elegir un responsable que no reúna el perfil idóneo para calificar, viola derechos principales.
Añadió que una persona que no tenga trayectoria judicial o como abogado no tiene capacidad para analizar esos perfiles, y eso por esa consecuencia afectará el proceso de selección de los perfiles de quienes aspiren a ocupar los cargos.
Advirtió que tuvo que haberse tomado la participación de todos los juristas y de los abogados postulantes, y de profesionales del derecho que ejercen funciones jurisdiccionales en diferentes áreas, y no fue así.
Sostuvo que en los foros donde ya habían participado la Asociación de Abogados y el Colegio y la Barra de Abogados, se pretendía que tuvieran voz y voto y puedan analizar los perfiles, pero no se les tomó en cuenta para nada.
Refirió que el proceso pudiera estar viciado desde la elección de los perfiles de quienes ahora son integrantes de los comités de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Explicó que la asociación pidió de manera formal al Congreso del Estado la inclusión de las barras y asociaciones de abogados, y a pesar de que hay dos solicitudes previas, los diputados no atendieron los escritos y ni siquiera los contestaron.