Ana Paula Vázquez
[San Luis Hoy]
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el cobro que el Ayuntamiento de Villa de Arriaga, pretendía aplicar a la instalación de vías férreas dentro de su territorio, al determinar que los municipios carecen de facultades para imponer contribuciones sobre infraestructura vinculada a un sector cuya regulación corresponde exclusivamente a la Federación.
La resolución deriva de la controversia constitucional 67/2025 promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra la Ley de Ingresos 2025 de Villa de Arriaga, aprobada por el Congreso del Estado. La norma autorizaba el cobro de 1.50 pesos por metro lineal de vías de ferrocarril y una cuota de 620 pesos por los trámites de licencia de construcción para infraestructura de generación eólica. Por mayoría de siete votos contra dos, el Pleno de la SCJN declaró inválido el gravamen aplicado a la infraestructura ferroviaria al concluir que el artículo 28 de la Constitución reserva al Estado mexicano la rectoría de este sector estratégico. Además, sostuvo que únicamente el Congreso de la Unión puede establecer contribuciones relacionadas con servicios públicos.
