
María Elena Cruz
[San Luis Hoy]

El Pleno del Congreso del Estado desechó reformas a la Ley de Aguas del Estado, cuyo objetivo era obligar a los fraccionadores o urbanizadores a formalizar el contrato de servicio de agua potable, drenaje y saneamiento de los inmuebles al momento de su venta.
La iniciativa fue propuesta por el diputado Antonio Lorca Valle, implicaba una modificación al artículo 162 de la Ley de Aguas, estableciendo la obligación a los fraccionadores o urbanizadores de transferir el contrato de servicio de agua al comprador de cada predio al momento de su venta, notificando al organismo operador de agua o al Ayuntamiento correspondiente.
Actualmente, en la ley sólo se establece la obligación de contar con lo necesario para construir por su cuenta las instalaciones y conexiones de agua potable y alcantarillado.
Sin embargo, Antonio Lorca expuso que aun después de que las casas construidas se venden, los nuevos dueños no cuentan con el contrato con el organismo operador de agua o ayuntamientos, por lo que no se contemplan en el padrón de usuarios, generando irregularidades en los fraccionamientos.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Agua y de Desarrollo Territorial Sustentable, donde fueron dictaminadas a favor para subirse al Pleno, e incluso añadieron una modificación al artículo 159, corrigiendo la redacción del párrafo donde se da a los fraccionadores o urbanizadores 15 días para realizar el pago de las cuotas de conexión a la res o convenir con el prestador de los servicios el pago diferido y sus condiciones.
El dictamen generó inconformidades con el sector inmobiliario, llegando a tener reuniones de trabajo de la Comisión de Agua y la Cámara Nacional para el Desarrollo y Promoción de la Vivienda (Canadevi), generando el estancamiento de la iniciativa. Finalmente, este jueves fue subida al Pleno donde 17 diputados votaron en contra, sólo dos votaron a favor y uno votó en abstención.