Se establecen obligaciones a establecimientos dedicados
Por Redacción
[San Luis Hoy]
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para establecer prohibiciones y obligaciones específicas a propietarios y responsables de establecimientos autorizados para la venta de animales.
El dictamen, avalado por el Pleno y presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, modifica la denominación del Título Tercero y su Capítulo II, adiciona los artículos 56 Bis, 56 Ter y 56 Quáter, y deroga el artículo 118 de la legislación vigente.
Entre los cambios aprobados se establece que los establecimientos deberán contar con espacios mínimos adecuados para la venta de animales y se privilegiará la comercialización a través de medios remotos o herramientas tecnológicas.
Además, los negocios dedicados a la reproducción, crianza o venta de animales de compañía estarán obligados a garantizar condiciones de bienestar, como espacio suficiente, seguridad, ventilación, iluminación y alimentación adecuada, conforme a las características de cada especie y a las normas oficiales y ambientales aplicables.
Las reformas también obligan a asegurar un trato digno y respetuoso, con instalaciones adecuadas para evitar maltrato o crueldad, antes de que los animales sean puestos a la venta.
El decreto señala que estas disposiciones buscan fortalecer la protección jurídica contra el maltrato animal, promover una convivencia basada en el respeto y fomentar prácticas como la adopción responsable y el cuidado ético de los animales.
