Rubén Pacheco
[San Luis Hoy]
En 30 días después de las votaciones, los partidos políticos, candidatas y candidatos independientes que contendieron en las pasadas elecciones deberán retirar toda la propaganda colocada en la vía pública, en caso de no hacerlo podría implicarles sanciones y reducción a sus prerrogativas, así lo precisa el artículo 336 de la Ley Electoral del Estado.
El párrafo sexto de ese artículo advierte que en caso de incumplimiento el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), por sí misma, o solicitándolo al Ayuntamiento respectivo, podrá proceder al retiro de la propaganda.
Sin embargo, tal procedimiento se realizaría con cargo a las prerrogativas de financiamiento público pendientes de ejercer, del partido o partidos políticos que corresponda.
En toda la Zona Metropolitana pueden apreciarse miles de pendones, banderines, pintas en bardas y otros utilitarios que abonan a la contaminación visual de las calles.
En otros procesos electorales, ni los ayuntamientos, ni el organismo electoral, tampoco los partidos políticos cumplieron con la legislación, incluso en algunas calles de la capital hay publicidad de candidatos de hace dos o tres elecciones.