
María Elena Cruz
[San Luis Hoy]
El Tribunal Electoral del Estado (TEESLP) ordenó a los Comités de Evaluación de los Tres Poderes del Estado, notificar a tres aspirantes el motivo por el cual fueron excluidos de las listas de elegibilidad, siendo que
cumplieron con todos los requisitos requeridos.
Rosa Hilda Fernández de la Fuente, Luis Alejandro Velázquez Govea y Moisés Rodríguez Tobías impugnaron, de manera separada, a los Comités de Evaluación en cuya convocatoria concursaron por una candidatura en el Poder Judicial.
Alegan que cumplen con todos los requisitos establecidos en las convocatorias de cada comité para ser considerados elegibles, sin embargo, no fueron tomados en cuenta.
En las sentencias emitidas el martes 11 de febrero, se establece que los inconformes no fueron notificados de los motivos por los cuales no formaron parte de las listas de elegibilidad, siendo que los Comités de Evaluación están obligados a transparentar, no sólo la Lista que contiene los nombres de las personas que resultaron elegibles para participar en el proceso electoral local extraordinario 2025, sino también hacer del conocimiento público la razones y motivos por los cuales las personas no elegibles no reunieron los requisitos respectivos, a través de un dictamen que especifique por qué no fueron considerados elegibles.
En el caso del Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo, se añadió un párrafo en la lista de elegibilidad donde se explica que, por un término de cinco días hábiles, los aspirantes no elegidos podrán recoger su respectivo dictamen de inelegibilidad en el domicilio del Comité, con previa cita, acto que se consideró como violatorio de los derechos de
los participantes.