Ceepac no puede sancionar por los eventos masivos

Rubén Pacheco

[San Luis Hoy]

Aunque el Ceepac estableció un protocolo sanitario por la Covid-19, a fin de “garantizar” la salud de la ciudadanía durante la obtención del respaldo ciudadano y en campañas para las elecciones 2021, éste señala que, si un candidato realizó un evento masivo sin cumplir con las medidas preventivas, será competencia de las autoridades de Salud intervenir para valorar posibles sanciones.

La ejecución y cumplimiento de la propuesta “queda a decisión” de los participantes, reconoce el organismo.

Informa que el aforo de ciudadanos en mítines será determinado por la autoridad que corresponda (la Secretaría de Salud y los Ayuntamientos) y quienes acudan “deberán” cumplir con el uso obligatorio de cubrebocas, guardar sana distancia y utilizar gel antibacterial a base de alcohol.

El documento de 33 páginas votado procedente por el pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), ataja que las leyes electorales vigentes, donde se establecen las funciones y atribuciones de los organismos electorales, no contemplan atribuciones de esa índole para la autoridad electoral.

Precisa, finalmente, que la ley en la materia dispone que los partidos políticos y quienes encabezan las candidaturas a cargos de elección popular, pueden realizar actos de campaña para la promoción de sus plataformas políticas y propues-

tas gubernamentales.

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