Acoso se perseguirá de oficio por reforma

Rubén Pacheco

[San Luis Hoy]

Después de poco más de un año y 10 meses, el Pleno del Congreso del Estado, aprobó ayer una iniciativa que reforma el artículo 182 del Código Penal del Estado, con lo cual, el acoso sexual se seguirá de oficio en cualquier caso y se establece inhabilitación cuando quien lo cometa sea funcionario público o docente.

Con la modificación, si el acosador es servidor público o profesor, y se vale de medios o circunstancias que el cargo le proporciona, se le destituirá del cargo, y se le inhabilitará para ejercer cualquier cargo público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.

A su vez, de haber reincidencia por parte de presunto delincuente en cualquiera de los supuestos, se impondrá una pena de dos a siete años de prisión, precisa la moción que fue presentada por Cándido Ochoa Rojas, diputado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Aunado a ello, se le aplica la penalidad de uno a tres años de prisión y una multa de 100 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de 8 mil 688 a 26 mil 064 pesos.

“Lo anterior deviene de la obligación de las y los servidores públicos, de atender a los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público”, argumenta el dictamen votado procedente.

De acuerdo con una opinión jurídica del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), la propuesta es viable porque garantiza el acceso de las personas a una vida libre de violencia en el servicio público.

La legislación se da en un contexto de denuncias públicas en contra de catedráticos desde 2016 a la fecha, en diversas facultades de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP); y en 2019 en planteles de los Colegios de Bachilleres (Cobach), y de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado (Cecyte) y del Centro de Bachillerato Tecnológico, Industrial y de Servicios (CBTIS).

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